La reforma laboral del Gobierno nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, revivió, como la administración esperaba. Pero, Tras las discusiones y votaciones adelantadas por la Comisión Cuarta del Senado, hubo cambios, y el Gobierno quedó insatisfecho.
Desde entonces, congresistas del Pacto Histórico, políticos que promueven el proyecto de reforma oficialista, tal y como se planteó inicialmente, y ciudadanos han expuesto los derechos que habrían quedado excluidos de la iniciativa y han alertado por nuevos puntos incluidos.
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En consecuencia, Angélica Lozano, presidenta de la Comisión Cuarta y autora de la ponencia alternativa de la reforma que fue aprobada en la corporación, desmintió información que ha surgido en redes sociales sobre el cuerpo de la propuesta.
La congresista se refirió a dos afirmaciones específicas que han sido divulgadas en redes sociales con respecto a la iniciativa, pero que en realidad no están incluidas en el texto. Se trata de la supuesta legalización del trabajo por horas y la supuesta eliminación del salario mínimo.

“Que van a legalizar el trabajo por horas en Colombia, van a acabar el salario mínimo. Quiero ser enfática: esto es falso y es una mentira bastante curiosa porque la posibilidad de cotizar por tiempo parcial existe. Hace poco fue ratificada en la reforma pensional. Sí, la que presentó el presidente Petro y que ya fue aprobada”, detalló la senadora.
¿Qué pasa con el trabajo por horas?
De acuerdo Lozano, en ninguna parte del texto aprobado en la Comisión se indica que el salario mínimo vaya a dejar de implementarse. Por eso, ahondó en la explicación del artículo que sí yace en la iniciativa y que ha sido motivo de polémica por referirse al trabajo por horas: el 37.
Según precisó, este no aplica para la totalidad de los trabajadores y trabajadoras del país; es para quienes laboran en tiempo parcial. “¿A quién se dirige el artículo 37 sobre trabajadores de tiempo parcial? A los que no tienen contrato, no trabajan tiempo completo y no se ganan un salario mínimo, para ellos, para los informales, para los que trabajan por días o por ratos”, aclaró.
El punto modifica el numeral 3 del artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo lo siguiente:
- Quienes trabajen en jornadas inferiores a las máximas legales y devenguen el salario mínimo legal o convencional, serán remunerados en proporción al número de horas efectivamente trabajadas.
- A esas personas se les sumará el valor de la proporción que corresponda por remuneración de los descansos remunerados en domingos y festivos (17,5%).
- En estos casos, empleadores y trabajadores podrán acordar que se cancelen anticipadamente las cesantías y las primas legales por medio del pago del salario.

Lozano explicó que el Código Sustantivo del Trabajo, desde 1990, reconoce el trabajo a tiempo parcial (por horas) en el país, que es el que se ejecuta por menos de las ocho horas diarias. Ese mismo año, se aprobó una reforma al texto, que mantuvo la regulación del trabajo por horas.
Posteriormente, en 1994, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reconoció este tipo de vinculación laboral y pidió que se protegiera la seguridad social de los trabajadores informales.
“¿Y qué es lo que dice ese artículo 37 que ha encendido tantas alarmas que por ese tiempo parcial debe pagarse proporcional el día de descanso? Porque hoy nadie les paga el domingo ni el festivo, porque trabajan por ratos o por días”, añadió.

Y, teniendo en cuenta que los trabajadores de tiempo parcial no reciben cesantías ni primas, con la reforma podrán acordar el pago de estas con sus empleadores, según el tiempo laborado.
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