
El tema del acoso sexual en el entorno laboral sigue dando de qué hablar, luego de conocerse un fallo judicial que obligó a un restaurante de renombre a reincorporar a una empleada despedida, luego de denunciar que fue víctima de acoso sexual por parte de una compañera de trabajo.
El Ministerio del Trabajo hizo público este caso y llamó a los trabajadores para que no permanezcan en silencio y acudan a las oficinas del Ministerio en todo el país, donde podrán presentar denuncias de este tipo ante el Grupo Élite de Equidad de Género, con el objetivo de dar seguimiento adecuado a cada caso.
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Con el propósito de prevenir y erradicar estos hechos, así como de garantizar que las víctimas de acoso sexual no se sientan intimidadas o desprotegidas en sus puestos de trabajo, el Ministerio del Trabajo anunció el jueves 13 de marzo un decreto que establece nuevas normas para proteger los derechos de quienes se ven afectados por esta problemática.
Según un comunicado emitido por la cartera, esta normativa tiene como objetivo principal garantizar los derechos de las víctimas y prevenir que sean despedidas o intimidadas tras presentar sus denuncias.

Además, introduce sanciones económicas significativas para los empleadores que incurran en despidos considerados como represalias.
Uno de los puntos más destacados del decreto es la reglamentación del parágrafo del artículo 14 de la Ley 2365 de 2024, que establece que cualquier despido realizado durante el proceso de denuncia o en los seis meses posteriores será considerado una represalia, salvo excepciones específicas.
Según el texto oficial, este tipo de despidos se considerará injustificado y podrá acarrear multas que oscilan entre 1 y 5.000 salarios mínimos diarios.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, calificó esta medida como un avance significativo en la construcción de espacios laborales libres de acoso. En sus declaraciones, enfatizó que el decreto no solo protege a las víctimas, sino que también impone consecuencias claras para los empleadores que vulneren los derechos de sus trabajadores.

“El decreto adopta medidas para imponer las multas por incurrir en despidos y para proteger a las y los trabajadores”, afirmó el funcionario.
Excepciones y responsabilidades del empleador
Aunque el decreto establece una protección robusta para quienes denuncian acoso sexual, también contempla excepciones específicas. Según informó el Ministerio del Trabajo, esta protección no será aplicable si el despido cuenta con la autorización previa de la cartera laboral o si el trabajador ya enfrentaba un proceso disciplinario antes de presentar la denuncia.
Estas disposiciones buscan garantizar un equilibrio entre la protección de las víctimas y la equidad en la aplicación de las normas laborales.
Además, el documento establece que, si una persona es despedida después del período de seis meses y alega que la decisión fue una represalia por su denuncia, será el empleador quien deberá demostrar ante las autoridades que el despido no estuvo relacionado con el caso de acoso.

Este cambio en la carga de la prueba refuerza la protección de los denunciantes y busca evitar que las empresas utilicen estrategias para eludir responsabilidades.
Otro aspecto relevante de la normativa es la inclusión de medidas de protección para las personas que testifiquen en casos de acoso sexual. Según consignó el Ministerio del Trabajo, los testigos también estarán protegidos contra despidos injustificados, lo que busca fomentar un entorno en el que los trabajadores se sientan seguros al colaborar en la resolución de estos casos.
El Ministerio del Trabajo reiteró su invitación a los trabajadores del país para que denuncien cualquier situación de acoso sexual en sus lugares de trabajo. A través del Grupo Élite de Equidad de Género, la entidad se encargará de realizar el seguimiento correspondiente a cada caso. Asimismo, instó a las empresas a garantizar el respeto por los derechos de sus empleados y a adoptar medidas internas para prevenir este tipo de conductas.
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