
Hay un sinsabor entre varios abogados colombianos tras la decisión de la Corte Constitucional de reglamentar los juicios virtuales en el país. En el reciente fallo se estableció que, aunque se puede seguir con esos trámites vía Zoom, será el juez encargado del caso el que defina si se hacen de esa manera, o se vuelve a la presencialidad.
La decisión del tribunal constitucionalista responde al proyecto de Ley Estatutaria 295 de 2020 de la Cámara y 475 de 2021 del Senado en el que, entre otras cosas, se habla de cómo usar la tecnología en los procesos que adelanta la Rama Judicial de la nación.
Así las cosas la Sala Penal de la Corte estableció que desde el miércoles 10 de mayo las diligencias en material penal deberán hacerse principalmente de forma presencial y, únicamente en casos excepcionales, vía virtual, como se viene adelantando desde la pandemia de covid-19, cuando obligó a múltiples sectores a recurrir al internet.

Los casos en los que el juez determinará si se hacen virtuales serán, específicamente, relacionados con temas de justicia civil, de familia y contenciosa administrativa. Sin embargo, la Corte estableció que los juicios orales de dichos trámites deberán hacerse obligatoriamente cara a cara, es decir, desde el juzgado.
Así las cosas, únicamente en casos de fuerza mayor se podrá recurrir a la virtualidad, pero será el juez el que en su plena libertad decida si se hace de esa manera y siempre y cuando se logre verificar la necesidad de no recurrir a la presencialidad como otra emergencia sanitaria como la del coronavirus, si los testigos no están en Colombia o los implicados tienen riesgos de seguridad.
Las reacciones
La decisión, que ya fue cuestionada por varios litigantes de la nación, la tomó la magistrada Natalia Ángel Cabo, quien en su ponencia puso reglas en los apartados del artículo 63 y 64 del proyecto que se mencionó con anterioridad en el Congreso de la República y que responde a la más reciente reforma a la justicia que se aprobó en el Legislativo.
Antes de conocerse el fallo, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia se mostró preocupado porque, aseguraron en un comunicado, el uso de la tecnología para adelantar trámites de justicia “representa la más importante revolución que ha tenido el sector en los últimos 50 años”, aseguraron los litigantes, quienes calificaron esa decisión como “un retroceso”.
Así mismo, advierten que, el regresar a la presencialidad, afectará la prestación de los servicios judiciales que se vienen adelantando desde el 2020 por las plataformas de videollamadas como Zoom, Skype y Microsoft Teams.
“Lamentablemente, donde mayor impacto tendrá el retorno a la presencialidad será la población especialmente protegida, como madres o padres cabeza de hogar, personas privadas de la libertad y víctimas de delitos que hoy gozan de la garantía de la gratuidad y de no confrontación”, alertaron los penalistas.

Los citados litigantes no fueron los únicos en reaccionar. El reconocido abogado abogado penalista Iván Cancino aseguró que el fallo de la Corte, supuestamente, evidenciaba una falta de asesoramiento en el derecho e, igualmente, coincidió en que esa decisión es un retroceso.

Ahora, la decisión de la Corte pasará a manos del Congreso para que sea revisada y, como fue una decisión tras la revisión del proyecto de ley estatutaria, deberá contar con la sanción presidencial del jefe de Estado, Gustavo Petro, lo que podría retrasar el tema si el mandatario presenta alguna objeción en el articulado.
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