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El correísmo no podrá hacer
El correísmo no podrá hacer campaña para el referéndum. REUTERS/Karen Toro

El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió este 29 de septiembre que 13 organizaciones políticas y sociales participarán en la campaña del referéndum 2025, programada entre el 1 y el 13 de noviembre. Entre ellas se encuentran partidos como Unidad Popular, Sociedad Patriótica y Pachakutik, así como movimientos como CREO, Democracia Sí, ADN y Centro Democrático. También fueron calificadas organizaciones sociales como la Unión General de Trabajadores del Ecuador (UGTE), la Confederación Intercultural Amaru y la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). Estas agrupaciones podrán promover las opciones de o No en las dos preguntas de la consulta, luego de haber cumplido con los requisitos técnicos exigidos por el organismo electoral.

En el caso de la Revolución Ciudadana, la votación del pleno no produjo un resultado definitivo. Mientras el consejero José Merino y la presidenta Diana Atamaint respaldaron el informe que recomendaba negar la calificación, la consejera Estela Acero se abstuvo. Esto dejó al movimiento sin resolución formal, ya que la normativa exige una mayoría absoluta del pleno para adoptar decisiones. Atamaint pidió reconsiderar el voto para evitar que el trámite quedara sin definir, pero el acta recogió que “con una abstención y dos votos a favor no se adopta ninguna resolución”. El informe técnico analizado en la sesión determinó que la organización no cumplió con el numeral 4 del apartado séptimo de la resolución PLSNE 4219-2025, que regula los requisitos para calificar a las agrupaciones. En particular, se cuestionó la validez del acta presentada por la dirigencia, pues la normativa exige que la decisión sobre la postura frente al referéndum sea adoptada por la Convención Nacional, como máximo órgano de dirección, y no por instancias internas como la Presidencia, Secretaría Ejecutiva o el Buró Nacional.

Durante el debate, el consejero José Merino señaló que “la documentación presentada por la organización política Revolución Ciudadana no cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa constitucional, legal y reglamentaria” y apoyó la recomendación de negar la calificación. La consejera Estela Acero, en cambio, se abstuvo de votar, al advertir que el Buró Nacional también tiene facultades de decisión política cuando no se reúne la Convención Nacional, según el propio régimen orgánico del movimiento. Por su parte, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, remarcó que la resolución debía provenir del máximo órgano deliberativo de RC y que al no haberse cumplido este requisito, el informe técnico era procedente. La votación final registró dos apoyos y una abstención, lo que en la práctica dejó sin efecto la calificación de la organización.

FOTO DE ARCHIVO- La excandidata
FOTO DE ARCHIVO- La excandidata presidencial de Ecuador Luisa Gonzalez. REUTERS/Karen Toro

En la misma sesión, el CNE resolvió también negar la inscripción de otras agrupaciones, como el Partido Avanza y varias organizaciones sociales, por no presentar documentos certificados o declaraciones juramentadas exigidas por la normativa. En contraste, las trece organizaciones calificadas sí obtuvieron un plazo de diez días para registrar el RUC y la cuenta bancaria exclusiva para el manejo de fondos de campaña, como ordena la ley. Este mecanismo busca garantizar transparencia en el financiamiento y rendición de cuentas de la propaganda electoral .

El calendario electoral aprobado establece que el periodo de campaña para el referéndum y consulta popular irá del 1 al 13 de noviembre de 2025. Las agrupaciones podrán difundir su postura a favor o en contra de las dos preguntas que se plantearán a la ciudadanía. Según la resolución del CNE, la propaganda deberá sujetarse a las disposiciones del Código de la Democracia y a los techos de gasto establecidos, bajo supervisión de las autoridades de control.

La presidenta de la Revolución Ciudadana y ex candidata presidencial por el correísmo, Luisa González, publicó un video en su cuenta de X rechazando la decisión del CNE y aseguró que “inició otro fraude electoral de (Daniel) Noboa y Diana Atamaint”. Además, calificó a las razones por las que el CNE negó la inscripción como “leguleyadas” y dijo que agotarán todas las instancias disponibles para revertir la resolución en contra del movimiento.

Las preguntas

El referéndum se realizará el
El referéndum se realizará el 16 de noviembre de 2025. EFE/Gianna Benalcazar

La primera pregunta está vinculada al artículo 5 de la Constitución. Actualmente, este prohíbe el establecimiento de bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con fines militares en el territorio nacional. La propuesta plantea sustituir dicho artículo por un texto más breve: “El Ecuador es un territorio de paz”. En la práctica, esto eliminaría la prohibición expresa de permitir presencia militar extranjera en suelo ecuatoriano, quedando el tema sujeto a interpretaciones políticas y jurídicas futuras.

La segunda pregunta se refiere al artículo 110, que hoy establece la obligación del Estado de entregar recursos económicos a partidos y movimientos políticos. La propuesta es sustituirlo por una disposición que obligue a estas organizaciones a financiarse exclusivamente con aportes de afiliados, militantes y simpatizantes. Además, fija que los movimientos políticos que logren al menos el 5 % de votos válidos en dos elecciones pluripersonales sucesivas adquirirán los mismos derechos y obligaciones que los partidos políticos.

A estas preguntas del referéndum se sumará una tercera correspondiente a la Consulta Popular. El cuestionamiento que llegará a las urnas será: “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”.